Fundamento jurídico y alcance
El artículo 97 establece participación del 15 % de utilidades líquidas: el 10 % se distribuye según tiempo trabajado, sin depender de la remuneración; el 5 % atiende cargas familiares y tiempo de servicio conforme a las reglas aplicables. El artículo 105 regula el pago después de la liquidación anual.
La base proviene de utilidades determinadas legalmente, no de ingresos brutos ni de una estimación de ventas. Hay excepciones y regímenes especiales que deben comprobarse antes de prometer un pago; las cargas requieren acreditación válida.
Ejemplo práctico y comprobación
Ejemplo simplificado: utilidad líquida distribuible de referencia USD 100.000. La bolsa laboral es USD 15.000: USD 10.000 para tiempo de trabajo y USD 5.000 para cargas. Si el total de días de todos es 3.600 y una persona registra 360, su componente del 10 % es USD 10.000 × 360 ÷ 3.600 = USD 1.000.
El componente del 5 % no se calcula con ese mismo cociente sin más: requiere el total de factores de cargas y días del conjunto. El ejemplo no sustituye la declaración tributaria ni resuelve empresas vinculadas o sectores especiales.
Cómo aplicarlo paso a paso
Use la siguiente secuencia para convertir la norma en una revisión documentada. Conserve copia de la solicitud y de la respuesta; una explicación verbal no permite reconstruir después el cálculo o la decisión.
- Compruebe utilidad base y cobertura legal de la empresa.
- Valide días trabajados y cargas de cada beneficiario.
- Calcule separadamente ambas bolsas.
- Entregue comprobante y conserve soporte del reparto.
Errores que conviene evitar
No use salario alto como razón para asignar más del componente del 10 %. No omita a extrabajadores con derecho proporcional por no estar activos al pagar.
Fuentes normativas e institucionales consultadas
- Código del Trabajo: texto institucional del Ministerio; leer junto con reformas y acuerdos posteriores
- SUT: calculadoras oficiales de liquidación y compensaciones
- Ministerio del Trabajo y Desarrollo Humano: acuerdos ministeriales vigentes
Alcance: contenido educativo sobre Ecuador, revisado al 21 de octubre de 2026. Se explica el Código junto con normativa posterior enlazada; el PDF codificado no debe confundirse con una consolidación de todas las reformas a esta fecha. Los supuestos ilustrativos no determinan una liquidación ni resuelven un caso individual. Para aplicación controvertida, consulte al Ministerio, al IESS o a un profesional en Derecho ecuatoriano.