Igualdad y no discriminación

Los artículos 2, 3, 56 y 86 de la LFT recogen principios de trabajo digno, igualdad sustantiva y condiciones laborales sin discriminación, incluido el principio de salario igual por trabajo igual en puesto, jornada y condiciones de eficiencia equivalentes. La Constitución también prohíbe la discriminación.

La ley protege contra distinciones basadas en categorías prohibidas y reconoce derechos vinculados a la igualdad entre mujeres y hombres. Una diferencia salarial no es automáticamente ilegal por el solo hecho de existir: hay que determinar si las personas comparadas realizan trabajo igual o equivalente y si los factores usados son objetivos y lícitos.

Qué datos permiten analizar una brecha

Compare funciones efectivas, responsabilidad, jornada, antigüedad, ubicación, experiencia pertinente, metas y componentes de remuneración. Documente salarios, bonos, evaluaciones y criterios de promoción sin acceder indebidamente a información confidencial de otras personas.

Una política transparente de bandas salariales y criterios de evaluación verificables puede prevenir brechas y ayudar a explicar decisiones. La justificación debe ser consistente y no basarse en estereotipos, disponibilidad asociada a responsabilidades familiares o criterios que penalicen a quien ejerce derechos legales.

Canales y protección

La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la normativa laboral pueden ofrecer vías distintas, dependiendo del hecho y la autoridad. La denuncia interna no debería generar represalias y debe resguardar datos personales.

Reúna evidencia de la decisión y sus efectos, solicite por escrito los criterios aplicados y consulte a PROFEDET o al organismo antidiscriminación competente. Los cambios recientes y la competencia federal o local deben verificarse al iniciar una reclamación.

Aplicación práctica · México

Ejemplo y ruta de actuación

Supuesto ilustrativo: Una persona reporta un trato adverso o una conducta que puede estar relacionada con una protección legal. La etiqueta usada por las partes no decide el caso: se registran hechos observables, fechas, decisiones y posibles explicaciones.

Cómo llevarlo a la práctica

  1. Escriba una cronología con palabras, actos, fechas, lugares, participantes y decisiones laborales; separe hechos que presenció de interpretaciones.
  2. Conserve los mensajes y documentos originales. Evite reenviar datos sensibles o publicar nombres y acusaciones en canales abiertos.
  3. Use el canal interno o institucional aplicable y describa qué medida concreta solicita; pida confirmación de recepción.
  4. Si hay riesgo inmediato para la seguridad o salud, priorice protección y atención profesional. Para valorar derechos, plazos y medidas cautelares, consulte a la autoridad o asesoría jurídica del país.

Documentos que conviene reunir

  • Cronología contemporánea de hechos
  • Mensajes, comunicaciones y decisiones relacionadas
  • Documentos que acrediten la condición protegida solo en la medida necesaria
  • Constancia del reporte y respuesta recibida

Fuentes normativas e institucionales consultadas