Fundamento jurídico y alcance
El artículo 152 reconoce al padre 15 días remunerados por parto normal; los nacimientos múltiples o por cesárea amplían cinco días. También prevé extensiones por prematuridad, cuidado especial y supuestos graves acreditados. La licencia de adopción incorporada por la reforma de 2023 es de 30 días desde el egreso de la entidad de acogimiento.
El artículo 152.1 contempla licencia voluntaria sin remuneración para cuidado de hijos hasta por 15 meses adicionales en los términos legales y computable para antigüedad. Es diferente de la licencia pagada; no deben sumarse mecánicamente todas las extensiones sin verificar compatibilidad y supuesto.
Ejemplo práctico y comprobación
Ejemplo: padre con nacimiento por cesárea presenta el respaldo correspondiente. La referencia es 15 + 5 = 20 días de licencia remunerada bajo ese supuesto. La fecha de inicio, el cómputo y cualquier condición adicional deben quedar documentados.
En adopción, el punto de partida no es cualquier solicitud: se acredita el egreso de la entidad de acogimiento según la norma. Una empresa no debe tratar el permiso como vacaciones obligatorias ni imponer ausencia sin sueldo durante la licencia pagada.
Cómo aplicarlo paso a paso
Use la siguiente secuencia para convertir la norma en una revisión documentada. Conserve copia de la solicitud y de la respuesta; una explicación verbal no permite reconstruir después el cálculo o la decisión.
- Identifique nacimiento, adopción o cuidado especial.
- Presente respaldo y fechas al responsable de personal.
- Distinga período pagado de licencia opcional sin pago.
- Asegure entrega de funciones sin exigir trabajo durante el permiso.
Errores que conviene evitar
No use los antiguos diez días de paternidad como regla actual general. Las extensiones especiales requieren examinar el certificado y el texto legal, no solo el nombre de la condición.
Fuentes normativas e institucionales consultadas
- Código del Trabajo: texto institucional del Ministerio; leer junto con reformas y acuerdos posteriores
- IESS: Ley de Seguridad Social
- Ministerio del Trabajo y Desarrollo Humano: acuerdos ministeriales vigentes
Alcance: contenido educativo sobre Ecuador, revisado al 21 de octubre de 2026. Se explica el Código junto con normativa posterior enlazada; el PDF codificado no debe confundirse con una consolidación de todas las reformas a esta fecha. Los supuestos ilustrativos no determinan una liquidación ni resuelven un caso individual. Para aplicación controvertida, consulte al Ministerio, al IESS o a un profesional en Derecho ecuatoriano.