Fundamento jurídico y alcance
El artículo 79 del Código establece igualdad de remuneración sin discriminación y permite considerar especialización y práctica al fijarla. La Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres y su reglamento de cumplimiento MDT-2025-006 exigen revisar prácticas, formación y obligaciones de reporte correspondientes.
La evaluación de igual valor compara funciones, responsabilidad, esfuerzo y condiciones, no solamente dos títulos. El artículo 42.1 también prohíbe prácticas discriminatorias en selección; preguntas familiares ajenas a competencias pueden afectar el acceso al empleo.
Ejemplo práctico y comprobación
Ejemplo: salario de referencia USD 800 y salario de comparación USD 700 para trabajo de igual valor. La diferencia es USD 100; calculada sobre USD 800 representa 12,5 %. Ese indicador detecta una brecha, pero no acredita por sí solo discriminación: hay que examinar variables objetivas y consistencia de criterios.
Si la empresa invoca desempeño, debe demostrar cómo lo midió con el mismo método y período. La negociación individual no debe utilizarse como explicación circular para mantener una brecha no justificada.
Cómo aplicarlo paso a paso
Use la siguiente secuencia para convertir la norma en una revisión documentada. Conserve copia de la solicitud y de la respuesta; una explicación verbal no permite reconstruir después el cálculo o la decisión.
- Defina grupos comparables y componentes salariales.
- Evalúe valor del trabajo con criterios comunes.
- Revise diferencias y sus justificaciones documentadas.
- Corrija brechas y cumpla formación y reportes aplicables.
Errores que conviene evitar
No exponga roles completos con nombres y sueldos a toda la plantilla. Use información agregada y acceso limitado al realizar el diagnóstico.
Fuentes normativas e institucionales consultadas
- Código del Trabajo: texto institucional del Ministerio; leer junto con reformas y acuerdos posteriores
- Acuerdo MDT-2025-006: cumplimiento de la igualdad salarial
- Acuerdo MDT-2025-102: discriminación, violencia y acoso en el sector privado
- SPDP: Ley Orgánica de Protección de Datos Personales
- Ministerio del Trabajo y Desarrollo Humano: acuerdos ministeriales vigentes
Alcance: contenido educativo sobre Ecuador, revisado al 21 de octubre de 2026. Se explica el Código junto con normativa posterior enlazada; el PDF codificado no debe confundirse con una consolidación de todas las reformas a esta fecha. Los supuestos ilustrativos no determinan una liquidación ni resuelven un caso individual. Para aplicación controvertida, consulte al Ministerio, al IESS o a un profesional en Derecho ecuatoriano.